SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2016-S3

Fecha: 29-Jun-2016

III.2.1.  Consideraciones previas

Por motivos pedagógicos, es necesario analizar el argumento principal de la Resolución 017/2016 de 22 de marzo, emitida por el Tribunal de garantías, respecto a la afirmación de que la accionante no gozaría de protección en razón a su condición de funcionaria de carácter provisional, habiendo citado al efecto las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 1521/2012 de 24 de septiembre y 0626/2013 de 27 de mayo, que según el citado Tribunal sería vinculante al caso.

En tal sentido, de una lectura de la SCP 1521/2012, se observa que luego de mostrar la diferencia entre los servidores públicos, identificó que el accionante ejercía un cargo jerárquico y que su designación fue de interinato, cuyo período está definido; contrastado con el presente caso, no se advierte que los supuestos fácticos sean idénticos, puesto que la hoy accionante no ocupa un cargo jerárquico y la transitoriedad alegada en el memorando de designación no está determinada, situación que acarrea que no pueda aplicarse el fallo constitucional antes mencionado a un hecho diferente como el presente.

Respecto a la SCP 0626/2013, la problemática resuelta, surge de la reclamación por la cesación de un padre progenitor de una menor de siete meses de edad, en el cargo de Gerente Comercial de la Empresa Rural Eléctrica La Paz Sociedad Anónima (EMPRELPAZ S.A.), determinación asumida por el interventor designado con facultades administrativas, por lo que en el citado caso se analizó tanto la inamovilidad del progenitor, como los derechos a los servicios básicos de la población, efectuándose una ponderación optimizadora, valorando las circunstancias y el contexto del caso, concluyendo que la inamovilidad debe ceder en relación a la continuidad de los servicios básicos de la población; situación que es diferente al presente caso en la que no está en juego ningún servicio básico.