SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Shirley Marcela Blásquez Martínez, a través de su abogado, en audiencia hizo hincapié en el hecho de que el accionante nunca quiso reconocerla como hija, jamás le prestó colaboración económica, negándole todo tipo de contacto, por lo que nunca conoció la dirección de su domicilio; solicitó una asistencia familiar de Bs4 000.- (cuatro mil bolivianos) tomando en cuenta que el nombrado como Piloto, percibe un salario de Bs14 000.- (catorce mil bolivianos); empero se fijó como asistencia familiar la suma de Bs1 500.- mensuales, decisión que se encuentra firme. En el interín del proceso se llevó a cabo una reunión con el ahora accionante, en oficinas de su abogado, y posteriormente la madre del hoy accionante ofreció cancelar la suma de Bs24 000.- (veinticuatro mil bolivianos) por ese concepto, cuando la planilla de liquidación establecía un total de Bs36 000.- (treinta y seis mil bolivianos).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- para evitar apremio corporal, solicito se oficie a AEREOCON, Empresa en que mi padre presta servicios profesionales a objeto que se proceda al descuento
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados
- entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y resolución) y lo resuelto por las autoridades judiciales
- III. 2. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso
- III.3.
- b)
- c)
- CONFIRMAR