DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016
Fecha: 19-Jul-2016
artículos 32, 33 y 34
Los artículos 32, 33 y 34 fueron declarados incompatibles porque confundían lo prescrito por los arts. 236 y 238 y 239 de la CPE, al confundir prohibiciones, incompatibilidades e impedimentos, creando otros diferentes a los establecidos por la norma suprema. En el reingreso, se tiene que dicha situación fue subsanada en parte, debiendo declararse la compatibilidad del art. 33; empero, en el art. 32 el estatuyente de Yacuiba, al momento de remitirse al art. 239 de la CPE, hace una incorrecta aplicación de lo estipulado por el mencionado artículo constitucional, adaptándolo únicamente para su nivel, cuando dichas incompatibilidades son con el Estado, entendido este en sus diversos niveles, no pudiendo la Carta Orgánica remitir la incompatibilidad únicamente para el nivel municipal. Motivo por el cual se debe determinar la incompatibilidad del art. 32 de la adecuación de norma básica.
- I.1. Contenido de la consulta
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. Sobre las adecuaciones en el control de constitucionalidad
- III.2. Análisis de compatibilidad
- compatibilidad.
- I.
- II.
- Fragmento 8
- “Artículo 3. (Visión y Misión).-
- “Artículo 4.- (Ubicación jurisdicción territorial).-
- “Artículo 5.- Declaración de sujeción a la Constitución Política del Estado).
- “Artículo 5. (Declaración de sujeción a la Constitución Política del Estado).
- Fragmento 13
- “Artículo 6. (La Autonomía Municipal).-
- parágrafo I
- parágrafo II
- parágrafo III
- “Artículo 11.- (Valores).-
- 2. Construcción colectiva y pertenencia al Municipio.-
- 4. Cultura Ciudadana.-
- 8. Participación ciudadana y control social.-
- 2) Construcción colectiva y pertenencia al Municipio.−
- 4) Cultura Ciudadana.−
- numerales
- c)
- j)
- incompatibilidad
- incisos c), j), q) y r)
- incisos d), e), f), h), i), j), l) y m)
- “Artículo 16.- (Gradualidad y progresividad).
- parágrafo IV
- III.
- parágrafo V
- 3.
- artículos 32, 33 y 34
- art. 34
- “Artículo 34. (Cesación de funciones).
- parágrafo II numeral 2
- Fragmento 39
- 30.
- numerales 11, 12 y 28
- Artículo 50.- ELIMINADO
- 1. Facultad Ejecutiva.-
- 1) Facultad Ejecutiva.−
- numeral 1
- numeral 3
- 15.
- 22.
- 35.
- numerales 21 y 33
- Propuesta alternativa B):
- IV.
- parágrafos II y III
- b.
- V.
- v) ELIMINADO
- “Artículo 79.- (Seguridad ciudadana).-
- a)
- “Artículo 77. (Seguridad ciudadana).-
- Fragmento 60
- “Artículo 88.- (Planificación Integral).-
- “Artículo 86. (Planificación Integral).-
- improcedencia
- “Artículo 125. (Patrimonio municipal).-
- “Artículo 131.- (Controles externos).-
- Artículo 140. ELIMINADO
- “Artículo 141.- (Iniciativa legislativa ciudadana).-
- “Artículo 136. (Iniciativa legislativa ciudadana).-
- el estatuyente debe realizar una abstracción de lo señalado en el art. 411 de la CPE
- 5º