DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016
Fecha: 19-Jul-2016
I.1. Contenido de la consulta
Mediante memorial presentado el 18 de mayo de 2016, cursante de fs. 420 a 422 vta., Ana María Soria Peña, Presidenta del Concejo Municipal de Yacuiba, presentó los ajustes de la Carta Orgánica del municipio aludido y previa confrontación, solicitó declarar la constitucionalidad total del proyecto de carta orgánica conforme el art. 120-I) del Código Procesal Constitucional (CPCo), adjuntando el acta de sesión de Concejo de 16 de mayo de 2016, Ley Autónoma Municipal 09/2016 de 16 de mayo, acta de reunión con la asociación de municipios de Tarija, acta de socialización de la adecuación, proyecto de carta orgánica del municipio de Yacuiba en versión física y digital, así como documentación relativa a legitimación.
Mediante decreto de 18 de mayo de 2016, cursante a fs. 423, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, dispuso poner a conocimiento del Magistrado relator la solicitud de control previo de constitucionalidad de la adecuación del proyecto de Carta Orgánica de Yacuiba, pasando a conocimiento de Magistrado Relator el 30 de mayo de 2016, por lo que la presente Declaración Constitucional Plurinacional es dictada dentro del plazo legal.
- I.1. Contenido de la consulta
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. Sobre las adecuaciones en el control de constitucionalidad
- III.2. Análisis de compatibilidad
- compatibilidad.
- I.
- II.
- Fragmento 8
- “Artículo 3. (Visión y Misión).-
- “Artículo 4.- (Ubicación jurisdicción territorial).-
- “Artículo 5.- Declaración de sujeción a la Constitución Política del Estado).
- “Artículo 5. (Declaración de sujeción a la Constitución Política del Estado).
- Fragmento 13
- “Artículo 6. (La Autonomía Municipal).-
- parágrafo I
- parágrafo II
- parágrafo III
- “Artículo 11.- (Valores).-
- 2. Construcción colectiva y pertenencia al Municipio.-
- 4. Cultura Ciudadana.-
- 8. Participación ciudadana y control social.-
- 2) Construcción colectiva y pertenencia al Municipio.−
- 4) Cultura Ciudadana.−
- numerales
- c)
- j)
- incompatibilidad
- incisos c), j), q) y r)
- incisos d), e), f), h), i), j), l) y m)
- “Artículo 16.- (Gradualidad y progresividad).
- parágrafo IV
- III.
- parágrafo V
- 3.
- artículos 32, 33 y 34
- art. 34
- “Artículo 34. (Cesación de funciones).
- parágrafo II numeral 2
- Fragmento 39
- 30.
- numerales 11, 12 y 28
- Artículo 50.- ELIMINADO
- 1. Facultad Ejecutiva.-
- 1) Facultad Ejecutiva.−
- numeral 1
- numeral 3
- 15.
- 22.
- 35.
- numerales 21 y 33
- Propuesta alternativa B):
- IV.
- parágrafos II y III
- b.
- V.
- v) ELIMINADO
- “Artículo 79.- (Seguridad ciudadana).-
- a)
- “Artículo 77. (Seguridad ciudadana).-
- Fragmento 60
- “Artículo 88.- (Planificación Integral).-
- “Artículo 86. (Planificación Integral).-
- improcedencia
- “Artículo 125. (Patrimonio municipal).-
- “Artículo 131.- (Controles externos).-
- Artículo 140. ELIMINADO
- “Artículo 141.- (Iniciativa legislativa ciudadana).-
- “Artículo 136. (Iniciativa legislativa ciudadana).-
- el estatuyente debe realizar una abstracción de lo señalado en el art. 411 de la CPE
- 5º