DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016

Fecha: 19-Jul-2016

improcedencia

En consecuencia el estatuyente desacata una disposición constitucional de cumplimiento obligatorio y vinculante, que no es opcional el asumirla o no, razón por la cual, éste Tribunal se ve impedido de ingresar a un nuevo control de constitucionalidad, por tanto se declara la improcedencia del control previo del mencionado artículo, debiendo reinsertarse el anterior articulado que fuera remitido inicialmente a este Tribunal a objeto de revisión, asumiendo la observación que este Tribunal hiciera únicamente sobre el parágrafo IV del presente artículo.