DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016

Fecha: 19-Jul-2016

I.

I. Yacuiba, fundada en fecha 22 de noviembre de 1.841, con el nombre de Villa Rodrigo, por el Gral. Manuel Rodríguez Magariños, nombre de Yacuiba que proviene del vocablo Guaraní “Yacu-Ygua”, que significa “Aguada de Las Pavas”; Fundación determinada por Ordenanza Municipal No. 63/2.010, de fecha 20 de octubre del 2.010, en el Art. 1ro, establece: “Por todos los antecedentes históricos encontrados en el H. Concejo Municipal, por su cualidad legislativa de conformidad a la Constitución Política del Estado, determina: Fijar como fecha de fundación de la ciudad de Yacuiba (Aguada de las Pavas), el veintidós (22) de noviembre del año mil ochocientos cuarenta y uno (1.841)”.

i) A identificar, priorizar, participar y cooperar en la ejecución y administración de obras para el bienestar colectivo, atendiendo preferentemente los aspectos de educación formal y no formal, mejoramiento de la vivienda, cuidado y protección de la salud, protección de las personas en situación de vulnerabilidad especialmente de mujeres y niñas (os), masificación del deporte y mejoramiento de las técnicas de producción.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, está constituido por un Concejo Municipal, como Órgano Legislativo y Máxima Autoridad, integrado por once (11) miembros, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal, en el ámbito de sus competencias y un Órgano Ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde Municipal, con facultad ejecutiva, administrativa, técnica y reglamentaria.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, está constituido por un Concejo Municipal, como Órgano Legislativo, integrado por once (11) miembros, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal, en el ámbito de sus competencias y un Órgano Ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde Municipal, con facultad ejecutiva, y reglamentaria.

I. La Alcaldesa o Alcalde Municipal debe realizar rendición publica de cuentas, como mínimo dos veces al año, rendición de cuentas que cubra todas las áreas en las que el Municipio Autónomo de Yacuiba tenga responsabilidad, debiendo remitir la información pertinente, comprensible y completa del informe por escrito a los órganos de control social y organizaciones sociales.

I. La Alcaldesa o Alcalde Municipal debe realizar rendición publica de cuentas, como mínimo dos veces al año, rendición de cuentas que cubra todas las áreas en las que el Municipio de Yacuiba tenga responsabilidad, debiendo remitir la información pertinente, comprensible y completa del informe por escrito a los órganos de control social y organizaciones sociales.

I.       Es deber de las autoridades del Municipio Autónomo de Yacuiba, asegurar el ejercicio pleno de sus derechos de las niñas, niños y adolescentes, desarrollando políticas de vivienda, salud, educación integral, cultura, deporte, protección y erradicación de la violencia, discriminación y maltrato. Así mismo desarrollar políticas especiales dirigidas a las protección de niñas, niños y adolescentes con derechos vulnerados en situación de riesgo social como: Viviendo en cárceles, en conflictos con la ley, en situación de la calle, consumo de drogas y alcohol, con VIH SIDA, hijos de migrantes, con discapacidad, huérfanos, abandonados, trata y tráfico de personas, violencia, violencia sexual comercial, explotación infantil; procurando su pleno desarrollo personal y social.

I. Es deber de las autoridades del Municipio de Yacuiba, asegurar el ejercicio pleno de sus derechos de las niñas, niños y adolescentes, desarrollando políticas de vivienda, salud, educación integral, cultura, deporte, protección y erradicación de la violencia, discriminación y maltrato. Así mismo desarrollar políticas especiales dirigidas a las protección de niñas, niños y adolescentes con derechos vulnerados en situación de riesgo social como: Viviendo en cárceles, en conflictos con la ley, en situación de la calle, consumo de drogas y alcohol, con VIH SIDA, hijos de migrantes, con discapacidad, huérfanos, abandonados, trata y tráfico de personas, violencia, violencia sexual comercial, explotación infantil; procurando su pleno desarrollo personal y social.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, con la participación social, económica, política, cultural, inclusión social, con enfoque de equidad y sin discriminación, en el marco de sus competencias, promueve, formula y ejecuta programas de sensibilidad y capacitación de padres, madres y personal responsables de la atención de personas con discapacidad.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, considerando que el deporte y recreación es parte fundamental del desarrollo humano integral, promueve, promociona, incentiva y fomenta la actividad física, el deporte, la educación física y la recreación en los niveles preventivo, recreativo , formativo, competitivo, a través de programas y proyectos que permita elevar y mejorar la calidad de vida de las personas del Municipio Autónomo de Yacuiba, considerando criterios de equidad e inclusión, generacional y con capacidades diferentes, en igualdad de condiciones entre hombre y mujeres.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, considerando que el deporte y recreación es parte fundamental del desarrollo humano integral, promueve, promociona, incentiva y fomenta la actividad física, el deporte, la educación física y la recreación en los niveles preventivo, recreativo , formativo, competitivo, a través de programas y proyectos que permita elevar y mejorar la calidad de vida de las personas del Municipio de Yacuiba, considerando criterios de equidad e inclusión, generacional y con capacidades diferentes, en igualdad de condiciones entre hombre y mujeres.

1. Elaborar y ejecutar programas y proyectos de construcción de viviendas, conforme a las políticas y normas técnicas del Plan de Desarrollo Municipal, al mismo fin en el marco de la cooperación y coordinación interinstitucional, se podrá efectuar acuerdos con otras entidades territoriales autónomas para ejecutar programas de vivienda social en la jurisdicción territorial del Municipio Autónomo de Yacuiba de calidad y en tiempo prudencial.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, en el marco de sus competencias, formula políticas y establece mecanismos organizativos, institucionales, técnicos y legales para la mitigación, adaptación y respuesta efectiva del cambio climático. Los planes y políticas municipales, en su formulación y ejecución deberán considerar los siguientes criterios técnicos y líneas de acción.

I. La participación ciudadana en la toma de decisiones sobre políticas públicas, como un aspecto de legitimidad, es imprescindible, para cuyo efecto debe implementarse los espacios de concertación democrática en la legislación municipal, como la “Consulta Popular”, previa e informada, como una forma de participación política que refuerza la democracia, poniéndola en práctica, según la necesidad en la implementación de las competencias exclusivas municipales.

I. La presente Carta Orgánica Municipal de Yacuiba, podrá reformarse parcial o totalmente por iniciativa legislativa, por dos tercios de votos del total de los miembros del Concejo Municipal, se sujetara a control constitucional a cargo del Tribunal Constitucional y será sometido a Referéndum para su aprobación, conforme a la Ley del Régimen Electoral vigente.