DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016

Fecha: 19-Jul-2016

III.

III. Para acceder al cargo público electivo de Concejala, Concejal Municipal, Alcaldesa o Alcalde Municipal, estos deben cumplir con los requisitos y condiciones generales de acceso al servicio público y haber residido en forma permanente al menos dos (2) años inmediatamente anteriores a la elección, en la jurisdicción territorial del Municipio Autónomo de Yacuiba. La residencia es entendida como el lugar donde se establece la vivienda familiar o realiza su principal actividad económica.

III.    Para acceder al cargo público electivo de Concejala, Concejal Municipal, Alcaldesa o Alcalde Municipal, estos deben cumplir con los requisitos y condiciones generales de acceso al servicio público y haber residido en forma permanente al menos dos (2) años inmediatamente anteriores a la elección, en la jurisdicción territorial del Municipio de Yacuiba.

III. Si la ausencia definitiva de la Alcaldesa o Alcalde Municipal, se produjere en la segunda mitad del mandato, será sustituido por la Concejala o Concejal elegido por el Concejo Municipal, de los miembros que correspondan a la misma fuerza política de la máxima autoridad ejecutiva (Alcalde Municipal)”.

III. La Ley Municipal de la Función Pública Municipal, regulara el régimen de las servidoras y servidores públicos, categorías y clasificación de los cargos, la carrera administrativa municipal, derechos y obligaciones, el régimen de sanciones y el conjunto de disposiciones relacionadas con el desempeño de funciones en el Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba.

III. A través de la implementación de programas, incentivara y promocionara los derechos sexuales y derechos reproductivos en la prevención, atención, sensibilización en salud sexual y reproductiva, prevención de embarazo adolescente, VHI/Sida y/o drogadicción de la juventud en el Municipio Autónomo de Yacuiba.

III. A través de la implementación de programas, incentivara y promocionara los derechos sexuales y derechos reproductivos en la prevención, atención, sensibilización en salud sexual y reproductiva, prevención de embarazo adolescente, VHI/Sida y/o drogadicción de la juventud en el Municipio de Yacuiba.

III.    Toda propuesta de creación y/o modificación de impuestos será canalizada a través del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, previa evaluación y justificación técnica, económica y legal, remitirá la propuesta al H. Concejo Municipal, para su consideración, análisis y aprobación que corresponda.