SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

II.7.

II.7.    Los Vocales de Sala Social, Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, ahora demandados, en cumplimiento a la SCP 0053/2015-S3, pronunciaron el Auto de Vista 411/2015 de 26 de agosto, mediante el cual confirmaron el Auto apelado de 5 de abril de 2013, argumentando aspectos relativos a la notificación efectuada con el memorándum de 27 de septiembre de 2008, concluyendo que al desconocer su reincorporación, el actor mal pudo presentarse a trabajar, que al no haber “validado” el juez de mérito la notificación notarial a persona que no es el actor o su apoderado legal en el proceso, estableciendo que no existió vulneración a ningún derecho o garantía constitucional (fs. 57 a 60 vta.).