SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 6 de mayo de 2016, cursante de fs. 252 a 255 vta., denegó la acción de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: i) Conforme el art. 33 del Código Procesal Constitucional (CPCo) y la SC 1121/2010-R de 27 de agosto, no existe falta de legitimación pasiva en relación al codemandado Ever Richard Veizaga Ayala, Fiscal Departamental de Cochabamba, quien tiene la obligación de cumplir con la determinación del Tribunal de garantías; con la salvedad de no afectar a la mencionada autoridad con eventuales responsabilidades emergentes del caso; ii) El 28 de agosto de 2015, Helen Salinas López, fue notificada con la Resolución Jerárquica 1049/2015 y la interposición de la presente demanda tutelar se produjo el 20 de noviembre del citado año; es decir dentro de los seis meses que establece el art. 129.II de la CPE y 55 del CPCo, aspecto por el cual, no es evidente que hubiese incumplido con el principio de inmediatez, como asevera la tercera interesada; y, iii) No se cumplió con el principio de subsidiariedad, por cuanto una vez que el ex Fiscal Departamental de Cochabamba confirmó la Resolución de rechazo; la accionante por escrito de 11 de septiembre del citado año, pidió la reapertura de la investigación, misma que por requerimiento de 15 del igual mes y año, fue observada por la autoridad fiscal bajo el fundamento que previamente se cumpla con la exigencia legal del art. 304 del CPP, observación que al no ser subsanada, da cuenta que la accionante no utilizó los medios legales pertinentes y consintió la Resolución de rechazo de 23 de abril de 2015.