Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
II.7.
II.7. El 11 de septiembre de 2015, los Vocales hoy demandados de la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictaron la Resolución A-339/2015, por la cual, anularon la Resolución 58/2015 y dispusieron que la Juez a quo, emita nueva resolución señalando que la Resolución apelada no cumplió con el art. 188 del CPC, ya que en su Considerando 2 presenta contradicciones; en su Considerando 3 omitió verificar que el referido proceso coactivo no tuvo el resultado esperado, por cuanto la entidad financiera no recibió el pago parcial o total de la prestación debida (fs. 209 a 210).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Debido proceso y principio de congruencia
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo