SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

II.8.

II.8.    Conforme contrato de arrendamiento suscrito entre la fundación ACLO a través de su representante legal Fernando Alvarado Castro y Pedro Díaz Yucra como arrendatario, se tiene que la citada Fundación alquiló al señalado una superficie de 4230,01 m² ubicados sobre la diagonal Jaime Mendoza, a objeto de ser ocupado para la venta de agregados, este contrato tiene una vigencia de 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre de 2016 (fs. 164 a 167); cursan recibos de pago de alquiler de febrero a de 2015 diciembre del citado año otorgados a favor de Pedro Díaz Yucra por la fundación ACLO (fs. 168 a 170).