SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

III.2.  Al respecto de las medidas de hecho, su definición, los presupuestos para su tutela, la carga probatoria y la flexibilización excepcional y del principio de preclusión para personas que no fueron expresamente demandadas

Las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 1357/2014 y 0047/2015-S2 entre otras han reiterado la definición señalada en la SCP 0998/2012, al respecto de las medidas de hecho, entendiendo a éstas como: “…el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia, afectando así derechos fundamentales reconocidos por el bloque de constitucionalidad, por lo que al ser actos ilegales graves que atentan contra los pilares propios del Estado Constitucional de Derecho de acuerdo al mandato inserto en el art. 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la acción de amparo constitucional, es un medio idóneo para la tutela eficaz, pronta y oportuna de los derechos fundamentales lesionados como consecuencias de vías de hecho”.