SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El accionante considera que los miembros de la Comisión de Calificación de Rentas y el Director General Ejecutivo del SENASIR, vulneraron sus derechos a la jubilación; a una vejez digna con calidad y calidez humana y al debido proceso, en razón a que mediante la Resolución 676/2015 emitida por la Comisión de Reclamación, confirmaron la Resolución 00002176 donde se establece que el pago de su renta única de vejez recalculada corresponde a partir del mes de noviembre de 2014, sin considerar que la falta cometida en la calificación del monto se debió a un procedimiento erróneo de los personeros del SENASIR al realizar el cálculo de las cotizaciones de los últimos meses, falta que fue debidamente reclamada por su persona desde el 18 de junio de 2001; asimismo, alega que la señalada Resolución 676/2015 se sustenta en la segunda y última parte del art. 539 del Reglamento del Código de Seguridad Social, que resulta inaplicable a su caso, máxime si su persona presentó su solicitud adjuntado la documentación pertinente en noviembre de 1999; en ese sentido, la referida norma correspondería a los casos en los cuales los rentistas no cumplieron con las ciento ochenta cotizaciones y solicitan el pagó por única vez, situación disímil a su caso.