SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2016-S3
Fecha: 05-Ago-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de violación previsto y sancionado por el art. 308 del Código Penal (CP), encontrándose con detención preventiva, el 21 de marzo de 2016, solicitó a la “Jueza Primera de Instrucción en lo Penal” de Warnes del departamento de Santa Cruz, la cesación a su detención preventiva; empero, al no dar cumplimiento dicha autoridad al art. 239 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el 7 de abril del mismo año, impetró celeridad en el señalamiento de la referida audiencia -transcurriendo dieciséis días “hábiles”-, es así que mediante decreto de 12 del citado mes y año, se programó la referida audiencia para el 18 de igual mes y año a horas 17:00.
En la fecha y hora fijadas para la audiencia de consideración de cesación a su detención preventiva, fue trasladado desde el Centro de Rehabilitación de Montero del departamento de Santa Cruz, al Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de Warnes del mencionado departamento, donde se le comunicó que la titular de ese Juzgado fue suspendida y no se encontraba nadie en suplencia legal, y tampoco sabían cuándo nombrarían un nuevo Juez para que lleve las causas, en ese sentido el Órgano Judicial al “no prever una suplencia” no le otorgó una justicia pronta y sin dilaciones, vulnerando así sus derechos fundamentales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- III.2.
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- i)
- ii)
- Fragmento 16
- CONFIRMAR
- 3º Exhortar