Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2016-S3
Fecha: 15-Ago-2016
II.4.
II.4. El 4 de abril de 2016, el ahora accionante presentó memorial ante la Comisión de Fiscales de la Unidad Anticorrupción, solicitando varios requerimientos, ante lo cual Anghelo Jairo Saravia Alberto, Fiscal de Materia -ahora codemandado- dispuso “Requiérase al fin solicitado” (sic [ fs. 69 y vta.]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción,
- III.2.
- Fragmento 16
- Respecto a la problemática identificada con el punto 2)
- CONFIRMAR