Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2016-S3

    Fecha: 22-Ago-2016

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 53/2016 de 14 de abril, cursante de fs. 602 a 605, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mariano Eguez Aguilera y Reinaldo Lionel Torquemada Leon en representación legal de las empresas CONSTRUCTORA CRUCEÑA Limitada (Ltda.) y CONSTRUCTORA MINERVA Ltda. contra Noemí Eliana Villegas Tufiño, Presidenta Ejecutiva a.i. de la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • Fragmento 4
    • 1)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 16
    • III.1.  Jurisprudencia reiterada sobre los límites de la acción de amparo constitucional respecto a la solicitud de cumplimiento de contratos suscritos con el Estado
    • los conflictos suscitados durante la ejecución de un contrato o la denuncia sobre resolución del mismo sin que aparentemente existan motivos para tal decisión; no pueden ser analizados a través de la presente acción de amparo constitucional, sino a través del proceso contencioso administrativo
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 20
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca