Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2016-S3
Fecha: 22-Ago-2016
II.4.
II.4. Mediante nota ABC/GNJ/SAJ/AAJ/2016-0016 de 29 de enero de 2016, Noemí Eliana Villegas Tufiño, Presidenta Ejecutiva a.i. de la ABC -hoy demandada- solicitó al Banco Ganadero S.A. -actual tercero interesado- la ejecución inmediata e irrevocable de las boletas de garantía de correcta inversión de anticipo identificadas con los códigos 101002998 y 101002994, por el monto de Bs10 602 792,50.- (diez millones seiscientos dos mil setecientos noventa y dos 50/100 bolivianos) a raíz del incumplimiento del contratista. (fs. 29 a 30).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los límites de la acción de amparo constitucional respecto a la solicitud de cumplimiento de contratos suscritos con el Estado
- los conflictos suscitados durante la ejecución de un contrato o la denuncia sobre resolución del mismo sin que aparentemente existan motivos para tal decisión; no pueden ser analizados a través de la presente acción de amparo constitucional, sino a través del proceso contencioso administrativo
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR