SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

III.4. Sobre el derecho material como fin del Estado Plurinacional de Bolivia

Sobre lo referido la SCP 0991/2015-S1 de 26 de octubre, señaló que: “La Ley Fundamental que consagra el modelo del Estado Plurinacional Comunitario con autonomías, establece entre sus fines y funciones del Estado, garantizar el cumplimiento de los principios, valores constitucionales, derechos fundamentales y deberes reconocidos y consagrados en dicha norma, previsto por el art. 9.4, en concordancia con este fin, el art. 13.I de la misma Norma Suprema, establece el deber del Estado, de promover, proteger y respetar los derechos fundamentales y garantías constitucionales; en ese marco y atendiendo el sentido del debido proceso (…), la jurisprudencia constitucional estableció que resulta evidente que la finalidad o función del Estado es la vigencia de los derechos materiales de las personas, para cuyo efecto las normas adjetivas constituyen instrumentos para el cumplimiento de dicho fin                           (SC 0548/2007-R de 3 de julio), por consiguiente se opone a la aplicación formal y mecánica de la ley, a contrario sensu debe implicar y significar una efectiva concreción de los principios, valores y derechos constitucionales (SC 1294/2006-R de 18 de diciembre).