SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

Auto de Vista 229/06

De los antecedentes esgrimidos en la presente acción se establece que la génesis de la problemática planteada surge como consecuencia de la emisión del Auto de Vista 229/06, que revocó la Resolución 514/06 pronunciada por la Comisión de Reclamación del SENASIR disponiendo que la Comisión de Calificación de Rentas también de dicha entidad otorgue renta única de viudedad a favor de la ahora accionante Blanca Lina Aranibar Vda. de Ortiz, conforme a los datos que cursan en obrados, decisión que fue recurrida en casación por el SENASIR, sin embargo, declarado infundado el mediante Auto Supremo 99.

Ahora bien, de lo descrito precedentemente se puede constatar que a través del presente mecanismo de defensa, la accionante pretende -por una parte- que la jurisdicción constitucional constriña a los ahora demandados el cumplimiento con lo dispuesto por Auto de Vista 229/06; toda vez que dicho fallo jurisdiccional dispuso se le otorgue renta única de viudedad, conforme a los datos que cursan en obrados; de lo señalado, se concluye que Blanca Lina Aranibar Ledezma, por una parte, persigue el cumplimiento de lo dispuesto mediante una resolución judicial; sin tener presente que el objeto de tutela de la acción de cumplimiento, tal como se indicó en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, está vinculado únicamente a garantizar el cumplimiento de un deber omitido en normas constitucionales con valor normativo inmediato y directo y a cuya observancia están obligados los servidores públicos y los particulares; y, la ley, esta última entendida no en el sentido formal (como la originada en el órgano legislativo), sino material, sin importar la fuente de producción, abarcando a decretos supremos, resoluciones supremas, legislación departamental y municipal; en consecuencia, no pudiendo ingresar dentro del rango de protección que brinda la presente acción.