SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
i)
En audiencia expresó que: i) De acuerdo a la SC 1909/2011-R de 7 de noviembre, el deber omitido tiene que estar señalado de manera expresa y en forma específica en la norma constitucional o legal, es decir, que el mismo no debe constituir un deber genérico sino especifico; ii) El Auto de Vista demandado establece claramente que se otorgue renta única de viudedad conforme a los datos que cursan en obrados, recomendando la pronta recuperación de la renta básica cobrada en forma ilegal; en ese sentido, no se evidencia el deber especifico omitido; más aún si el SENASIR dio cumplimiento a esa disposición mediante Resolución 0009677, misma que fue objeto de recurso de reclamación y posterior recurso de apelación en efecto devolutivo, entendiendo que dentro de los procesos judiciales las normas procesales establecen los medios de impugnación que deben ser utilizados por la parte accionante, y una vez agotados dichos medios acudir a la justicia constitucional a través de la acción de amparo constitucional; y, iii) No es evidente el incumplimiento legal del deber omitido, correspondiendo declarar “improcedente” la presente acción de cumplimiento.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Normas presuntamente incumplidas
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- La acción de cumplimiento procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley
- tiene por objeto hacer cumplir, por la autoridad pública, un mandato imperativo impuesto por el ordenamiento jurídico, en aquellos casos en los que de manera injustificada incumple o se resiste a cumplirlo
- en el que se reclama la materialización de un deber -constitucional o legal- omitido
- tiene por finalidad garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales y legales
- III.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- Auto de Vista 229/06
- Resolución 0009677
- 325/14
- 35 inc. a) del Manual de Prestaciones de Rentas y en Curso de Pago y Adquisición
- petitorio de la acción
- CONFIRMAR en todo