SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente,
Cabe tomar en cuenta que dicho razonamiento fue desarrollado en base a lo precisado en el primer presupuesto de procedencia establecido para la revisión de la interpretación de legalidad ordinaria, que señala el deber de las partes de explicar: “…por qué la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente …” (SCP 0340/2016-S2), en razón a que si se cuestiona una resolución por errónea interpretación de la legalidad ordinaria y debido a que en la misma se hubiese emitido una resolución carente de fundamentación que resulte arbitraria o incongruente, por lógica no corresponde pronunciamiento alguno en estos aspectos, si no se cumplieron con todos los presupuestos de procedencia de la interpretación de la legalidad ordinaria.
Cosa totalmente distinta resulta ser, que cuando una determinada resolución sea cuestionada por falta de motivación e incongruencia por aspectos que no devienen de la labor interpretativa de las autoridades judiciales, sino de la carencia en la expresión de razonamientos o motivos de la decisión; de la falta de correspondencia de argumentos de la resolución o en su caso entre lo pedido y resuelto; y a la vez de manera accesoria se denuncie la errónea interpretación de la legalidad ordinaria; corresponderá resolver de manera independiente y separada, todos estos aspectos debido a que no emergen de la errónea interpretación de la legalidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- iii)
- De manera excepcional y como facultad potestativa del Tribunal Constitucional Plurinacional en grado de revisión de oficio, si la violación a los derechos fundamentales es grave y evidente según los datos del expediente; ante esta certeza, es posible ingresar al análisis de la legalidad ordinaria y de la valoración de la prueba como también de la fundamentación, sin necesidad de las exigencias desarrolladas por la jurisprudencia”
- no es posible exigir a esta jurisdicción un expreso pronunciamiento respecto a una supuesta falta de motivación, fundamentación y congruencia de un fallo judicial o administrativo, cuando la resolución que se cuestiona como lesiva de derechos y garantías constitucionales, deviene de una supuesta errónea interpretación de la legalidad ordinaria y/o una defectuosa valoración de la prueba,
- labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente,
- III.4.
- por
- III.4.3. Respecto a la falta de motivación e incongruencia de las resoluciones
- REVOCAR en parte