SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

II.1.

II.1.  Por Auto 325, emitido por Fernando Rilbert Avilés Salguero, Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Chuquisaca, adjudicó a favor de la ejecutante y acreedores, Rosse Mary Gutiérrez, Geomar Graciela Gonzales Romero de Dulón, Gonzalo Rubén Dulón Gonzales, Janet Dulón Gonzales, Roxana Dulón Gonzales de Moscoso, Lorena Dulón Carpio, Wilma Mamani Cruz y Suzan Marcela Molina Chey, el inmueble que pertenecía a la entidad ejecutada -Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Ltda.-, en alícuotas partes que les corresponden en propiedad, en la suma de     $us212 492.-, equivalente al 80% de la última base de $us265 615.- (doscientos sesenta y cinco mil seiscientos quince dólares estadounidenses), fijado en el Auto 111 de 25 de marzo de 2014, sea por compensación conforme a lo dispuesto en los arts. 363 y 364 del sustantivo civil. Disponiéndose la extensión de escritura pública y la protocolización de las actuaciones correspondientes, a favor de todos los adjudicatarios; de igual manera en cumplimiento a lo previsto por el art. 548 del Código Adjetivo Civil, y estando adjudicado el inmueble descrito precedentemente, se dispuso que se proceda al levantamiento de todos los gravámenes que pesan sobre el mismo; a cuyo efecto, se ordenó que se expida el desembargo correspondiente y se extienda la provisión ejecutorial, encomendando su cumplimiento al registro de DD.RR. (fs. 880 vta. a 881).