SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

II.3.

II.3.  El 24 de noviembre de 2015, Lilian Paredes Gonzales e Iván Vidal, Vocales de la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca -autoridades actualmente demandadas-, emitieron el Auto de Vista S.C.C.FAM 372/2015, que resuelve el recurso de apelación interpuesto por el representante legal de la Cooperativa Ahorro y Crédito San Francisco Ltda., contra el Auto 325, por el cual confirmaron en parte el Auto apelado, disponiendo que: “el juzgador, previa verificación de la existencia de registro de anotaciones preventivas respecto del inmueble motivo de adjudicación, de cumplimiento estricto al art. 548 sustituido por el art. 45 de la Ley N° 1760 de 28 de febrero de 1997, dejándose sin efecto el levantamiento de gravámenes dispuesto por el Juez a - quo.