SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2016-S1

Fecha: 20-Sep-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la vivienda, a la propiedad privada, a la sucesión hereditaria, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”; toda vez que, en la demanda de división y partición de bienes interpuesta por su exconyugue, la Jueza de primera instancia, determinó otorgar a cada uno de los contendientes el 50% de los bienes gananciales, entre ellos se encontraba el inmueble ubicado en la “Av. Costanera” (sic) registrado en DD.RR. bajo la matrícula computarizada 3.01.1.99.0004990, con asiento A-2 y superficie de 245.59 m2, obviando la información del documento de 16 de marzo de 1993, que presentó en dicha demanda; es decir que no se tomó en cuenta que él ya tenía junto a sus hermanos y padre, acciones y derechos del referido inmueble por sucesión hereditaria de su madre; y en una interpretación errada la entonces Jueza Cuarta de Partido de Familia del departamento de Cochabamba, tomó dicho bien inmueble como un bien ganancial y no como patrimonial; decisión que pese a haber sido apelada no fue revocada por los Vocales codemandados quienes emitieron el Auto de Vista de 29 de octubre de 2015, manteniendo la lesión a sus derechos.