Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
II.2.
II.2. Mediante memorial de 14 de mayo de 2015, la empresa “DELAPAZ”, interpuso incidente de nulidad de obrados, con la finalidad de que la autoridad corra el trámite previsto por la normativa vigente y disponga declarar la nulidad de la Resolución 841/2013 de 9 de diciembre hasta fs. 60 inclusive y determine emitir una nueva resolución que rechace la petición del sindicato (fs. 54 a 61 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El derecho a una debida fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo