Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
II.6.
II.6. Ante el rechazo a la solicitud del recurso de reposición bajo alternativa de apelación, “DELAPAZ”, mediante memorial de 14 de octubre de 2015, interpuso recurso de compulsa, mismo que fue resuelto por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 7/15 de 27 de octubre de 2015, que declaró ilegal la referida compulsa (fs. 72 a 77).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El derecho a una debida fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo