SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2016-s2
Fecha: 26-Sep-2016
II.6.
II.6. El 16 de junio de 2016, a horas 11:35, Iván Perales Fonseca, interpone recurso de reposición, solicitando la reposición y corrección del Acta de audiencia de 9 de ese mes y año, conforme al art. 168 y 401 del CPP, en lo referente a la declaratoria de abandono de la defensa y la sanción impuesta dejándola sin efecto, al no corresponder con la verdad material y los antecedentes del proceso (fs.46 a 48); el mismo que mediante decreto de 17 del referido mes y año, fue resuelto señalando no ha lugar a lo solicitado por no haber omitido ningún acto menos incurrido en error alguno, evidenciándose que las dos audiencias de consideración de medidas cautelares fueron suspendidas por ausencia del abogado Iván Perales Fonseca y la segunda por ausencia de su defendida, pese a haber sido notificados legalmente (fs. 49 y vta.).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- Fragmento 4
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el debido proceso
- la vía idónea para su impugnación es el amparo constitucional; sin embargo, cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos previo cumplimiento de la subsidiariedad excepcional que rige a este tipo de acciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo