SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2016-s2
Fecha: 26-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la libertad, defensa, igualdad, celeridad de justicia y certidumbre jurídica, alegando que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, en etapa de juicio oral, público y contradictorio, el Tribunal Décimo de Sentencia del departamento de La Paz -demandado- paralelamente al mismo, señaló audiencia de medidas cautelares, sin previamente resolver un recurso de reposición que interpuso contra la determinación de declaratoria de abandono malicioso de su abogado, tampoco consideró la acción de inconstitucionalidad concreta que planteó contra el art. 5 de la Ley 586, instaló el mencionado actuado incumpliendo lo previsto en el art. 396 del CPP, que establece el efecto suspensivo de dicho recurso, ejecutando y emitiendo oficios, incurriendo en el delito prevaricato y emisión de resoluciones contrarias a la ley; además impidieron la participación de su abogado Iván Perales Fonseca quien no pudo participar de la audiencia mencionada, tampoco justificar la inconcurrencia de su persona a dicho actuado en el que indebidamente declararon su rebeldía, determinando que el recurso de reposición sería emitido a las veinticuatro horas, ocasionando la vulneración de sus derechos invocados, toda vez que conforme la normativa procesal constitucional debió previamente resolver los referidos recursos.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- Fragmento 4
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el debido proceso
- la vía idónea para su impugnación es el amparo constitucional; sin embargo, cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos previo cumplimiento de la subsidiariedad excepcional que rige a este tipo de acciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo