SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2016-S2

Fecha: 26-Sep-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante en audiencia a través de su abogado ratificó en su integridad los fundamentos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliando manifestó que la notificación con la Sentencia 102/2016, fue realizada ilegalmente por el Oficial de Diligencias del Juzgado mediante cédula en su domicilio real, quien se tomó una fotografía para aparentar la legalidad de la misma, constituyéndose diez minutos después en el inmueble del otro codemandado, sin que exista constancia de haberla pegado, causándole agravio, toda vez que inmediatamente el Juez demandado libró mandamiento de desapoderamiento bajo la mañosa e irregular notificación dentro del plazo de tres días, sin respetar que el art. 45.II de la Ley 1760, señala que debía ser ejecutada dentro de los diez días, sin darle opción de a nada, por cuanto su familia tenía un ambiente precario donde tenía su leña, ingresaron al inmueble con tractor removiendo la tierra y demolieron la casa sacando el letrero donde tenía su carpintería.