SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0954/2016-S3
Fecha: 13-Sep-2016
a)
Solicita se conceda la tutela y se ordene: a) Que los demandados cumplan con la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 072/2016, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, disponiendo su reincorporación en el último cargo que venía desempeñando sus funciones, más el pago de salarios devengados y demás derechos laborales previstos por ley; b) El respeto a la estabilidad laboral en su puesto de trabajo, ordenándose que los demandados se abstengan de asumir medidas administrativas o de hecho que contravengan al mandato de reincorporación laboral, pago de salarios devengados y demás derechos laborales conexos; c) En caso de incumplimiento por parte de los demandados se remitan antecedentes al Ministerio Público, para su procesamiento penal; y, d) Se determine la existencia de responsabilidades, condenándose al pago de costas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela
- cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR