SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2016-S3

Fecha: 19-Sep-2016

1)

Félix Condori Quispe, Vocal Permanente, por sí y en representación legal de René Rino Salazar Ballesteros y Víctor Hugo Oña Ovando, ex y actual Presidente, todos del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, en audiencia, manifestó lo siguiente: 1) La accionante estuvo asistida por su abogado dentro del proceso; 2) No es evidente la falta o errónea valoración de la prueba por parte de ese Tribunal, considerando que la accionante, durante la sustanciación del juicio oral, retiró la prueba testifical ofrecida, pero aun así alegó indefensión o falta de inmediación en el proceso disciplinario; y, 3) No se transgredieron el principio de contradicción ni el de inmediación, independientemente de la presencia o ausencia de la víctima en el proceso disciplinario, por cuanto debe evitarse la revictimización de la misma.