Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2016-S3
Fecha: 21-Sep-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiendo dejar sin efecto tanto la Resolución que rechazó su incidente en primera instancia, como del Auto de Vista 06/2015 de 20 de julio, que resolvió el recurso de apelación, a efectos de que se dicte una nueva resolución, ordenando la nulidad de la notificación con la Sentencia 24/13, y se practique una nueva a fin de iniciar el cómputo del plazo para la interposición de su recurso de apelación; y, sea con la condenación de costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. L
- ;
- III.2. Presupuestos necesarios para la activación de la acción de amparo constitucional cuando se denuncia la errónea aplicación de normas procedimentales
- no tendría sentido jurídico alguno conceder la tutela y disponer se subsanen los posibles defectos procedimentales, si es que finalmente se llegará a los mismos resultados a los que ya se arribó mediante la decisión objetada por los errores procesales
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR