SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2016-S3
Fecha: 21-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, con relación los derechos a la defensa y a la impugnación; toda vez que, dentro del proceso ejecutivo seguido en su contra, se emitió Sentencia con la que fue irregularmente notificado mediante cedulón en un domicilio procesal inexistente, ya que al no haberse apersonado dentro de dicho proceso, no cursa actuación alguna por la que hubiera señalado domicilio. Luego, se declaró ejecutoriada la citada Sentencia, pese a que nunca tuvo conocimiento de dicho fallo, por lo que interpuso incidente de nulidad de obrados, que fue rechazado. Ante esa situación, apeló, pero ese recurso también fue rechazado, argumentando ambos juzgadores que fue notificado en un supuesto domicilio señalado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. L
- ;
- III.2. Presupuestos necesarios para la activación de la acción de amparo constitucional cuando se denuncia la errónea aplicación de normas procedimentales
- no tendría sentido jurídico alguno conceder la tutela y disponer se subsanen los posibles defectos procedimentales, si es que finalmente se llegará a los mismos resultados a los que ya se arribó mediante la decisión objetada por los errores procesales
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR