SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2016-S3

Fecha: 21-Sep-2016

II.2.

II.2.  Mediante escrito presentado el 14 de octubre de 2011, el hoy tercero interesado, solicitó Jorge Alberto Suárez Zambrano, entonces Juez Segundo de Instrucción en lo Civil y Comercial -ahora Juzgado Público Civil y Comercial Quinto- de Trinidad del departamento de Beni, la paralización temporal del proceso ejecutivo que siguió contra el hoy accionante (fs. 10 del anexo 1), y por Auto de esa fecha, el Juez de la causa dispuso la paralización temporal del proceso hasta el plazo de noventa días y/o que se desista de la demanda en caso de cumplimiento (fs. 10 vta. del anexo 1). Consta la notificación a las partes de manera personal con la mencionada Resolución (fs. 11 del anexo 1).