SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2016-S3

Fecha: 23-Sep-2016

II.2.

II.2.  Consta acta de audiencia de apelación de medida cautelar de 16 de diciembre de 2015, en cuyo acto procesal, se emitió el Auto de Vista 244, por Mirael Salguero Palma y Sigfrido Soleto Gualoa, Vocales de la Sala Penal Segunda y Tercera, respectivamente, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy demandados-, quienes declararon “REVOCAR la resolución venida en apelación, de fecha 12 de Diciembre de 2.015…” (sic), dictada por la Jueza aquo; “DISPONIÉNDOSE LA MEDIDA EXCEPCIONAL DE DETENCIÓN PREVENTIVA DEL IMPUTADO JUAN CARLOS TAPIA MENDOZA, A CUMPLIRSE EN EL CENTRO DE REHABILITACIÓN SANTA CRUZ - PALMASOLA; ello por la concurrencia del Art. 233 num. 1 y 2, con relación al Art. 234 num. 1,2 y 10 y Art. 235 num. 1 y 2 del Código de Procedimiento Penal. Líbrese el mandamiento de detención preventiva” (sic [fs. 84 a 92]).