SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2016-S3

Fecha: 23-Sep-2016

iii)

iii)  Respecto al art. 234.2 del CPP, la Jueza a quo consideró no concurrente ante la acreditación de los tres elementos del art. 234.1 del citado Código; sin embargo, la jurisprudencia constitucional ha señalado que este riesgo procesal no siempre puede estar vinculado al referido numeral 1, no obstante en el caso al no haberse demostrado el domicilio conocido y siendo coherente con el razonamiento de la Jueza inferior, el hoy accionante no tiene arraigo natural, puesto que concurre el art. 234.2 del indicado cuerpo legal;