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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2017-S3

    Fecha: 13-Oct-2017

    II.7.

    II.7.  Por Auto de Vista 69/2017 de 24 de marzo, Marlene Arteaga Vaca, Carlos Alberto Egüez Añez y Jerónimo Manu García, Vocales de la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni -ahora demandados- confirmaron la Sentencia Definitiva de Primera Instancia de Entrega de Bienes 38/2016, con costas y costos (fs. 84 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Intervención de la tercera interesada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Cuando se denuncian a través de la acción de amparo constitucional decisiones judiciales emergentes de procesos de ejecución
    • se otorga la tutela, debido a que dentro del proceso ordinario posterior no podrán ser analizadas, revisadas ni corregidas, existiendo únicamente la justicia constitucional para su tutela.
    • los actos lesivos denunciados a través de la acción de amparo constitucional pueden ser analizados, revisados y corregidos en proceso ordinario posterior,
    • 1) Excepción de falta de fuerza coactiva o ejecutiva
    • 2) Excepción perentoria de prescripción liberatoria
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 19
    • CONFIRMAR

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