Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1058/2017-S3
Fecha: 13-Oct-2017
II.1.
II.1. Cursa Ley Autonómica Municipal 08/15 de 7 de septiembre de 2015 -Ley de Declaratoria de necesidad y utilidad pública de bienes inmuebles para garantizar la ejecución del Proyecto “Restauración Arquitectónica Iglesia San Juan Bautista Pocoata (Fase I Consolidación Estructural y Cubierta)”- sancionada por el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Pocoata (fs. 5 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. La acción de amparo constitucional no es un instrumento procesal adicional ni casacional de un proceso ordinario
- esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR