SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2017-S3

Fecha: 18-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, cuyo edificio se encuentra en la “calle Genaro Sanjinés” y tiene diez pisos, acude un público litigante de aproximadamente “mil personas por día”, conformado por gente de la tercera edad, mujeres embarazadas y personas con discapacidad, quienes deben esperar de pie hasta dos horas para ser atendidos.

La entidad anteriormente señalada, no cuenta con suficientes asientos para el público litigante y los baños no están disponibles para “esa gente”, cuando los mismos deberían estar adecuados para personas con discapacidad motora, falencias que generan vulneración de los derechos de los grupos vulnerables referidos.

Las y los ciudadanos que acuden a los juzgados, deben soportar largas esperas sin poder satisfacer sus necesidades biológicas, y por tal motivo, sin que sea por voluntad propia deben abandonar las instalaciones del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, bajo el riesgo de perder el desarrollo normal de sus actividades procesales e incluso ser objeto de sanciones como la aprehensión o ser declarados en rebeldía.