Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
I.1.3. Petitorio
El accionante solicita se conceda la tutela, reparando el derecho vulnerado ordene al Director General de Asuntos Sindicales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, proceda a dar respuesta proporcionando al SEDECA Tarija, toda la documentación requerida, con el pago de costas, multas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- i)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración
- III.2. Sobre el derecho de petición: su contenido y alcances
- III.3. Análisis del caso concreto
- se traduce en la obtención de una respuesta formal, pronta y oportuna, ya sea en sentido positivo o negativo, dentro de los plazos previstos en las normas aplicables al caso y a falta de éstas, en términos breves, razonables y de una manera fundamentada y motivada
- CONFIRMAR en todo