SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2017-S3

Fecha: 18-Oct-2017

1)

Magali Zaida Calderón Maldonado, Jueza de Sentencia Penal Segunda de la Capital del departamento de Tarija, por informe presentado el 6 de septiembre de 2017, cursante a fs. 17 y vta., manifestó que: 1) El 31 de agosto de ese año efectuó la recepción del proceso penal por el delito de feminicidio que sigue el Ministerio Público contra el ahora accionante, siendo radicado el 1 de septiembre de igual año, disponiendo que la víctima presente su acusación particular y el Ministerio Público las pruebas documentales ofrecidas en la acusación formal; 2) La víctima ni el imputado presentaron la solicitud de cesación de la detención preventiva y tampoco se remitieron memoriales por parte de la Jueza demandada que estén pendientes de resolver; 3) En otros casos, los expedientes  remitidos con señalamiento de audiencia de cesación de la detención preventiva son llevadas a cabo en la fecha por el Juez cautelar y debido a que en este caso no existe fijamiento alguno, mal podría vulnerarse el derecho a la libertad del acusado; y, 4) Tampoco existe resolución judicial dictada de su parte que afecte los derechos del accionante, por cuanto no incurrió en acción u omisión ilegal o indebida, pidiendo por ello “…se declaren sin lugar la tutela” (sic).