Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2017-S2
Fecha: 23-Oct-2017
II.5.
II.5. Radicada la causa en el Tribunal Disciplinario Departamental de Cochabamba de la Policía Boliviana, el 21 de abril de 2016, dicho Tribunal dictó el Auto de Inicio de Procesamiento contra Ariel Zelada Morales por la comisión de la falta grave prevista en el art. 14.9 de Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, con relación al art. 15 de la misma Ley, señalando audiencia de proceso oral para el 5 de mayo de ese año, ordenando la notificación al nombrado y conminándolo a asistir a los actos procesales programados con su abogado defensor, además de designarle defensor de oficio, en cuya persona se procedió a la notificación el 4 de similar mes y año (fs. 106 y 107).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- debe interponerse la acción tanto contra el servidor público, persona individual o colectiva que cometió la vulneración que se alega, así como contra la que tiene facultad para revisarla, modificarla o en su caso dejarla sin efecto
- la legitimación pasiva no sólo la adquiere la persona que cometió el acto ilegal y contra quien debe dirigirse la acción, a efecto que pueda responder por los supuestos actos ilegales atribuidos en su contra, sino que también en los casos en que los actos denunciados de lesivos a los derechos y garantías fundamentales devengan de un proceso judicial o administrativo, la legitimación pasiva recae también sobre el Juez, Tribunal u órgano que asumió la decisión y es quien además podrá modificar la supuesta vulneración
- la legitimación pasiva es la capacidad jurídica otorgada al particular, autoridad o servidor público, a efectos de que pueda responder por los supuestos actos ilegales endilgados en su contra; y en los casos en que los actos denunciados de lesivos a los derechos y garantías fundamentales sean cometidos dentro de un proceso judicial o administrativo, la legitimación pasiva recaerá sobre el juez, tribunal u órgano que asumió la decisión
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo