SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2017-S2
Fecha: 23-Oct-2017
II.6.
II.6. Cursa representación del Oficial de Diligencias del Tribunal Disciplinario Departamental de Cochabamba de la Policía Boliviana de 2 de mayo de 2016, en sentido que constituido en el Departamento de Personal del Comando Departamental de Cochabamba de la Policía Boliviana, fue informado de que el funcionario Ariel Zelada Morales, una vez egresado no se presentó hasta la fecha; motivo por el cual, no fue posible su notificación; en cuyo mérito, el Presidente del Tribunal Disciplinario Departamental de Cochabamba de la Policía Boliviana dispuso su notificación mediante cédula, la cual se hizo efectiva en tablero del citado Tribunal y en tablero de su domicilio laboral, el Comando Departamental de Cochabamba de la Policía Boliviana (fs. 109 a 111).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- debe interponerse la acción tanto contra el servidor público, persona individual o colectiva que cometió la vulneración que se alega, así como contra la que tiene facultad para revisarla, modificarla o en su caso dejarla sin efecto
- la legitimación pasiva no sólo la adquiere la persona que cometió el acto ilegal y contra quien debe dirigirse la acción, a efecto que pueda responder por los supuestos actos ilegales atribuidos en su contra, sino que también en los casos en que los actos denunciados de lesivos a los derechos y garantías fundamentales devengan de un proceso judicial o administrativo, la legitimación pasiva recae también sobre el Juez, Tribunal u órgano que asumió la decisión y es quien además podrá modificar la supuesta vulneración
- la legitimación pasiva es la capacidad jurídica otorgada al particular, autoridad o servidor público, a efectos de que pueda responder por los supuestos actos ilegales endilgados en su contra; y en los casos en que los actos denunciados de lesivos a los derechos y garantías fundamentales sean cometidos dentro de un proceso judicial o administrativo, la legitimación pasiva recaerá sobre el juez, tribunal u órgano que asumió la decisión
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo