Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2017-S3
Fecha: 31-Oct-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 4 de 15 de septiembre de 2017, cursante de fs. 180 a 186 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Vicente Ávalos Cortez y Bismar Gutiérrez Rojas en representación de Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Ministro de Gobierno contra Zenón Edmundo Rodríguez Zeballos, Sigfrido Soleto Gualoa, Victoriano Morón Cuellar y Mirael Salguero Palma, Vocales de la Sala Penal Segunda y Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Carlos Martin Camacho Chávez, Juez de Instrucción Penal Tercero de la Capital del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- i)
- Fragmento 12
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- 'Esta exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
- Auto 178/2013 de 12 de
- Auto 54/2016 de 21 de abril
- ATACA EL INCIDENTE PLANTEADO POR FELICIANO CONTRERAS PINO, EN FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 2013
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- CONFIRMAR