SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2017-S1

Fecha: 19-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 5 de diciembre de 2016, las autoridades demandadas pronunciaron la Sentencia 115 dentro la demanda contencioso administrativa seguida por la entidad accionante contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1898/2015 de 9 de noviembre, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT); la cual, determinó declarar improbada dicha demanda, y mantener firme y subsistente la referida Resolución de Recurso Jerárquica, que declaró prescrita la facultad de ejecución tributaria de la Administración Tributaria para adeudos contenidos en los Proveídos de Inicio de Ejecución Tributaria 005/2007, 24-0492-09, 24-0493-09, 24-0494-09, 24-0495-09, 24-0496-09, 24-0496-09, 24-0497-09, 24-0498-09, 24-0499-09, 24-0500-09, 24-0501-09, 24-0502-09, 24-0503-09, 24-0504-09, 24-0505-09, 24-0506-09, 24-0507-09, 24-0508-09, 24-0509-09, 24-0510-09, 24-0511-09, 24-0512-09, 24-0513-09, 24-0514-09, 24-1210-10 y 24-1211-10, pronunciados dentro del proceso de determinación de deuda tributaria sobre base presunta más omisión de pago de 18 de abril de 2008, seguido contra Ambrocio Gonzáles Romana; las autoridades demandadas basaron su fallo, en el entendido que el Código Tributario no contendría vacíos legales, por lo que no permitía la aplicación de manera supletoria de otras ramas del derecho, que correspondan a la naturaleza del hecho, que en el caso concreto es el derecho civil, mas propiamente el Código Civil, debiendo aplicarse lo dispuesto en los arts. 61 y 62 del Código Tributario Boliviano (CTB).