SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2017-S1

Fecha: 19-Oct-2017

III.4. La valoración de la prueba, facultad privativa a la jurisdicción ordinaria

La SCP 0695/2012 de 2 de agosto, al momento de reiterar el entendimiento asumido por este Tribunal respecto a la labor de valoración de la prueba, señaló lo siguiente: “La misma SC 1748/2011 de 7 de noviembre ha señalado lo siguiente: ‘También le corresponde a la jurisdicción ordinaria la valoración de la prueba, como labor exclusiva del juzgador de proyectar las razones y el camino deductivo que le condujeron a asumir una determinada decisión, sustentada en la lógica, la experiencia común y la razonabilidad.