Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2017-S1
Fecha: 02-Nov-2017
II.2.
II.2. De acuerdo a “FICHA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE”, de 2012 a 2015, el Docente de la Carrera de Agropecuaria del ITSIA Libertador “Simón Bolívar” de Uncía del departamento de Potosí, Saúl Salomón Rojas Armata fue evaluado bajo el concepto de muy bueno y sobresaliente, respectivamente (fs. 13 a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- o existiendo estos puedan resultar tardíos
- III.3. El principio de subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR