SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1137/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1137/2017-S3

Fecha: 03-Nov-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante ratificó los términos de su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolo señaló que, se le está privando de su derecho a participar en el proceso de convocatoria y a tener un posible acceso al derecho al trabajo; la resolución administrativa de impugnación a convocatoria, que se pretende hacer valer fue interpuesta por “…Gonzalo Arequipa Secretario Ejecutivo, Omar Ortuño, Evelin Núñez, Gunter Sandoval…” (sic) y otros miembros del Directorio del Sindicato de Médicos y Ramas Conexas de la CNS, respuesta que no se halla vinculada a la petición realizada.

Por otro lado, la respuesta de 11 de agosto de 2017, con la providencia de 24 de igual mes y año, notificada el 19 de septiembre de ese año, si bien dio respuesta al Sindicato de Médicos y Ramas Conexas de la CNS, dicha fundamentación se presentó un día antes de la acción de amparo constitucional, y la respuesta debió ser efectuada antes de la citación con esta acción tutelar, que fue notificada el 18 del citado mes y año.