SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2017-S2

Fecha: 15-Nov-2017

II.4.

II.4.    El Gobernador del departamento de Chuquisaca, mediante nota         CITE: S.H.E.M.-D.A.H.0057/2016 de 4 de julio, dirigida al Presidente Ejecutivo a.i. de YPFB expresó su rechazo al precitado informe preliminar señalando entre sus observaciones, que en la actividad realizada en la serranía Incahuasi no participaron autoridades del departamento de Chuquisaca ni de Santa Cruz porque no se trató de un proceso de demarcación conforme sostuvo el IGM; asimismo, el Ministerio de Autonomías refirió que esa Cartera de Estado era la entidad competente para realizar el procedimiento de conciliación administrativo para delimitación interdepartamental conforme la Ley de Delimitación de Unidades Territoriales, por cuanto resultaba un exceso pretender sobreponer una información que no responde a la realidad en inobservancia de la normativa vigente, recomendando que no se emita aun un informe o pronunciamiento oficial por la empresa consultora, YPFB o el Ministerio de Hidrocarburos mientras no exista un dato oficial y legal de la demarcación limítrofe entre ambos departamentos (fs. 17 a 20).