SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2017-S2

Fecha: 15-Nov-2017

II.6.

II.6.    Cursa informe final de 4 de julio de 2016, emitido por la empresa        “GLJ Petroleum Consultants Ltd.” sobre el estudio técnico de los reservorios de Incahuasi y Aquio en el cual señala en su punto 4 “INFORMACION DISPONIBLE” que YPFB brindó la información técnica detallada, incluyendo el límite de carácter referencial facilitado por el Ministerio de Autonomías que fue utilizado en los análisis realizados; en el punto 5 “LINEAMIENTOS LEGALES APLICABLES” manifestó que el estudio se basó en el marco legal vigente en Bolivia citando, entre otras normas, la Ley de 10 de noviembre de 1898 y la Ley de 21 de octubre de 1912 así como la Resolución Suprema de 20 de noviembre de 1914 referidas a los límites entre los departamentos de Santa Cruz y Chuquisaca, concordando dicha información con lo expuesto en su punto 10 “UBICACIÓN GEOGRAFICA Y GEOREFERENCIACION”; asimismo, la empresa consultora concluyó en su punto 11.7 que usando el límite referencial contrastado con la información interpretada por el IGM de la divisoria de aguas en base a las normas que delimitan ambos departamentos los volúmenes de gas en sitio probados se encuentran en su totalidad en el departamento de Santa Cruz; en su punto 12 “RECOMENDACIONES” señaló la necesidad de delimitar el límite oficial a través de la demarcación interdepartamental conforme a normativa vigente (fs. 132 a 172).